dom. Nov 10th, 2024

Se propone que el aumento anual al arrendamiento no supere el monto de inflación, además de establecer un registro digital de contratos de arrendamiento y una política pública de construcción de vivienda para renta.

La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso capitalino, diputada Gabriela Salido Magos (PAN), recibió la iniciativa del jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, para reformar la Ley de Vivienda de la Ciudad de México y el Código Civil local, en materia de arrendamiento de viviendas.

Al respecto, la legisladora consideró que este tema genera preocupación entre la ciudadanía y tiene un impacto metropolitano, en virtud de que el déficit de vivienda en la capital se ubica entre 100 y 300 por ciento.

“Se estima que anualmente entran al mercado entre 10 mil y 15 mil viviendas, sin embargo, la demanda es mayor a 60 mil”, aseguró, a causa a la dificultad para adquirir vivienda propia, “46 por ciento de los capitalinos no tiene acceso a créditos o recursos propios para adquirir una, de acuerdo a la Encuesta de Vivienda 2020”, agregó.

Al tomar la palabra en representación del jefe de Gobierno de la Ciudad de México, el secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez, explicó que esta iniciativa es resultado de un proceso de discusión con diferentes sectores sociales y expertos, respecto al alza del monto de las rentas en la capital, lo cual es un fenómeno global que requiere del análisis, discusión y, en su caso, aprobación por parte del legislativo local.

Señaló que con esta propuesta se atienden tres temas centrales, pues se fija un límite diverso del existente en relación con el aumento de las rentas, el cual es de un 10 por ciento máximo, para que dicho incremento no pueda ir más allá de la inflación.

Asimismo, se establece la obligación de contar con un registro digital puntual de los contratos de arrendamiento, para brindar elementos jurídicos que den mayor seguridad a arrendadores y arrendatarios; y se finca la responsabilidad del gobierno capitalino de construir vivienda en renta, acción que ya había sido planteado, pero sin contar con el imperativo necesario para convertirse en política pública.

Por su parte, el secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Inti Muñoz Santini, precisó que esta iniciativa parte de un planteamiento hecho por el jefe de Gobierno hace unas semanas en torno a la necesidad de construir una política que lleve a un equilibro y una mejor dinámica en el mercado de las rentas de vivienda, “un proceso de estabilización que ponga el acento en resolver la problemática a la que se enfrentan muchísimos capitalinos y capitalinas por la creciente dificultad para tener acceso a una vivienda digna a través del arrendamiento”.

Aseguró que a partir de 2013 se ha dado un encarecimiento excesivo en las rentas, por un incremento creciente en éstas, por encima de la inflación y del salario, a causa de varios factores que se presentan en ciudades de todo el mundo. 

En específico, señaló que con esta iniciativa se busca actualizar el marco normativo que regula los incrementos anuales de los costos de renta, que actualmente permiten el 10 por ciento y ahora se propone que no sea mayor del aumento de la inflación registrado el año anterior, además de establecer un registro digital de arrendatarios y arrendadores, que dote de certidumbre jurídica y permita seguir la evolución del mercado de las rentas.

Esta reforma plantea reformas a los artículos 1 y 59 de la Ley de Vivienda de la Ciudad de México, para establecer políticas públicas que impulsen la producción de vivienda en arrendamiento por parte del Gobierno capitalino, en beneficio de la población con menores ingresos.

Se propone también una modificación al artículo 2448 D del Código Civil del Distrito Federal, para establecer un límite al aumento de las rentas y evitar que sea superior a la inflación; y en el artículo 2448 F, se establecerá un registro digital de contratos de arrendamiento, de autorización inmediata y a cargo del Gobierno de la Ciudad de México, para lo cual el arrendador deberá realizar dicho registro en un plazo no mayor a 30 días de celebrado el contrato.

Por Staff